miércoles, 7 de noviembre de 2012

El Tribunal constitucional avala otra ley socialista

Un tribunal político dominado por el PSOE vuelve a avalar otra ley del PSOE

El TC convierte en principio constitucional su extrema tardanza en resolver un recurso

Mar 6·11·2012 23:30  17   
Hoy un Tribunal Constitucional con mayoría de miembros puestos a dedo por el PSOE ha vuelto a avalar otra ley socialista, en este caso la que altera la regulación jurídica de una institución social milenaria como es el matrimonio para aplicársela a otra forma de convivencia que no tiene nada que ver con aquel. Esta nueva sentencia del TC obvia incluso la propia jurisprudencia de ese Tribunal, plasmada en el Auto de la Sala Primera 222/1994.
El TC contradice su propia jurisprudencia en relación al matrimonio
Dicho auto era bastante claro: “la unión entre personas del mismo sexo biológico no es una institución jurídicamente regulada, ni existe un derecho constitucional a su establecimiento; todo lo contrario al matrimonio entre hombre y mujer que es un derecho constitucional. Así mismo, el TC recordaba la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos que “ha declarado que no permitir el matrimonio entre personas del mismo sexo no implica violación del art. 12 del Convenio de Roma, que al garantizar el derecho a casarse, se refiere al concepto tradicional de matrimonio entre dos personas de distinto sexo”. Si el propio TC y el TEDH consideraron que no es discriminatorio no regular como matrimonios otras formas de convivencia es porque estamos ante realidades distintas y que, por tanto, merecen tratamientos jurídicos distintos. Dar la misma cobertura legal a cosas muy distintas suele dar lugar a situaciones disparatadas. La peor de ellas también la ha avalado hoy el TC: obviar los derechos y el interés de los niños huérfanos para concederlos en adopción a parejas del mismo sexo. Un nuevo uso de los niños como cobayas en un experimento sociológico procedente de la izquierda: por desgracia, nada nuevo bajo el sol.

¿Cuanto más tarda el TC en resolver, más constitucional es la norma recurrida?
De momento no se conoce el contenido íntegro de la sentencia, pero fuentes del TC ya han adelantado que los miembros que han votado a favor de la Ley Zerolo apelan a la “evolución social” para justificar una nueva lectura de la Constitución distinta a la que hizo el citado Auto 222/1994. El argumento es toda una suerte de autojustificación. Y es que el TC ha tardado nada menos que siete años en emitir una sentencia sobre el recurso presentado por el PP a dicha reforma legal. Más que una evolución social, lo que ha habido es una política de hechos consumados, según la cual basta con que el TC deje pasar el tiempo para que la gente acabe por aceptar leyes contrarias a la Constitución y a la propia jurisprudencia del TC. Como adelanto en el título, lo que esto supone es que el TC convierte en principio de constitucionalidad sus enormes retrasos a la hora de verificar la legalidad de una norma.
El PSOE cumple sus objetivos 28 años después de eliminar el recurso previo
Lejos de cumplir la función para la que fue creado, con esta burla al Derecho el TC se convierte no en guardián de la Constitución, sino en garante de la impunidad de quienes la vulneran. Eso es precisamente lo que buscaba el PSOE cuando en 1984 eliminó el recurso previo de inconstitucionalidad, que suponía un formidable dique contra los abusos de poder. El PP tuvo ocasión de reponer ese recurso previo durante el mandato de Aznar. No lo hizo, y ahora vemos las consecuencias. De hecho, el control ejercido sobre el TC por el PSOE es tan férreo que hace dos años, cuando ese Tribunal invalidó una mínima parte del Estatuto catalán de 2006, desde las filas socialistas se convocó a la gente a manifestarse contra el TC. En estos momentos no cuesta nada ver rasgarse las vestiduras ante cualquier mínima discrepancia frente a esta nueva sentencia a muchos que entonces defendieron desobedecer al TC porque el TC se había atrevido a desobedecer por la mínima al PSOE.

Una reforma sin demanda social y hecha por puro marketing ideológico
Por otra parte, si el PSOE en su momento decidió obviar los principios jurídicos que acabo de señalar no fue por una exigencia social. De hecho, los colectivos gays hablaban en 2005 de 100.000 enlaces del mismo sexo en dos años, pero siete años después se habla sólo de 20.000. Antes bien, lo que movía esta reforma era pura y simple ideología: se trataba de quebrantar una institución social que es la célula básica de la sociedad pero que es tradicionalmente denostada por la izquierda progre. Después de promover numerosas iniciativas legales y fiscales para perjudicar a la familia -entre ellas, las dirigidas a impedir que los padres puedan decidir el tipo de educación que desean para sus hijos-, la conocida como “Ley Zerolo” se convirtió en la guinda de la hoja de ruta ideológica del PSOE en ese terreno. No importaba tanto la demanda social de dicha reforma como el marketing ideológico que proporcionaría al PSOE para dividir a los españoles entre buenos (los que secundan las tesis progres) y malos (los que discrepamos de ellas). En este caso, todo el que se atreviese a contradecir a esa Ley Zerolo sería catalogado y estigmatizado como “homófobo”. Y eso fue lo que ocurrió: este nuevo proyecto del PSOE se convirtió en un arma de ingeniería social. Su aparato de propaganda no tuvo reparos en presentar a quienes criticamos un disparate jurídico en personas que sentimos aversión por los homosexuales (algo paradójico, pues incluso algunos homosexuales criticaron esa reforma). Por supuesto, muchas personas que no son de izquierdas cedieron en esto como en otras cosas, otorgando a la progresía, una vez más, la capacidad para establecer lo que es legítimo y lo que no en materia de opinión. El resultado no es una sociedad más libre, sino una sociedad en la que discutir un colosal disparate jurídico con un descarado trasfondo ideológico progre puede conllevar tu muerte civil. Y algunos supuestos antiprogres están aplaudiendo esto. En fin…
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