jueves, 30 de abril de 2015
La verdad sobre los embriones congelados
La situación de los embriones congelados no es nueva, pero sigue siendo
dramática. Miles de personas humanas se encuentran en un estado del todo
anormal y la pregunta que nos hacemos es: ¿es lícito transferir estos
embriones al útero de una madre que no es quien los encargó cuando se
hizo la fecundación in vitro? Evidentemente esta pregunta se formula en
el contexto de una determinada visión antropológica, en la cual los
embriones congelados de que hablamos, son seres humanos, personas, con
valor absoluto y dignidad propia. La respuesta a esta pregunta es
positiva. Su desarrollo se articulará respondiendo a las objeciones más
frecuentes que se hacen a esta posición. Pero antes de exponer y
responder individualmente a las objeciones, es conveniente analizar y
distinguir bien los actos humanos implicados, para ver la catalogación
moral de cada uno de ellos.
1. La fecundación «in vitro»
Es la técnica dirigida a conseguir una fertilización del oocito humano fuera de su proceso natural en la unión sexual del hombre y la mujer. Este acto es moralmente negativo en base a tres criterios fundamentales: el respeto del embrión humano, la naturaleza de la sexualidad humana y del acto conyugal, la unidad de la familia.
2. La no trasferencia del embrión fecundado «in vitro» al útero materno: es un acto humano en relación con el anterior, pero entitativamente diverso de él, tanto que puede ser realizado por diferente sujeto. Es éticamente negativo porque priva al embrión de la posibilidad de desarrollarse en el ambiente y condiciones que le son naturales.
3. La crioconservación es otro acto humano diferente de los dos anteriores, que puede ser realizado incluso por otro sujeto diverso de los anteriores. Consiste en una suspensión del desarrollo embrionario. Mediante congelación en nitrógeno líquido, individuos humanos generados son conservados a temperaturas muy bajas (-196°) en una casi total inmovilidad biológica.
La congelación y descongelación son dos técnicas que pueden producir un daño irreversible en los embriones que les cause la muerte Si bien en las últimas décadas se han realizado avances importantes en criopreservación de embriones humanos de oocitos, las tasas de mortalidad de los embriones congelados tras su descongelación se cifran entre un 30 y un 50% .
Así, en el proceso de descongelación necesario para transferir al útero de la mujer a los embriones que pudieran ser adoptados muchos morirían; pero si permanecen en el congelador por tiempo indefinido, o se descongelan sin darles la oportunidad de ser gestados morirán TODOS. Por ello, la adopción es la única alternativa que permite salvar y desarrollar la vida de algunos de ellos.
Por otra parte, es un acto moralmente negativo, que «ofende el respeto debido a los seres humanos»y que constituye una interferencia abusiva sobre el ciclo vital
y que constituye una interferencia abusiva sobre el ciclo vital. Una vida humana, una vez originada, debe seguir su curso natural, que nadie puede interrumpir ni "suspender".
La continuidad temporal e histórica es un bien intrínseco a la corporeidad humana, propia de la persona, y un derecho, debido al cual un individuo se comprende a sí mismo. La edad es más que una connotación temporal: es una coordenada de la vida personal que la identifica en la condición corpórea (espacio-temporal). Alterarla, provocando un vacío de tiempo en la existencia de una persona, es un arbitrio y una imposición. Detener el ciclo vital de un embrión humano es expresión de «voluntad de poder», con el que uno decide sobre otro, débil e indefenso. La crioconservación no «interrumpe» la vida: ésta está «allí» —congelada, depositada— como un producto de consumo, al lado de muchos otros, preparada para cuando haga falta. Su dignidad está en el valor de uso, sujeto también a caducidad, desde el momento que nadie puede garantizar la integridad física y la misma vitalidad de un embrión congelado, a causa de los tiempos y de las modalidades de congelación-descongelación. Así al poder le sucede la violencia con que éste se libera de vidas «caducas», «inservibles». La práctica, además, manifiesta un ulterior acto negativo: el abandono del embrión crioconservado por parte de los padres que lo encargaron. La gran mayoría de los embriones crioconservados no son transferidos, sea porque los inmediatamente tranferidos después de la fecundación in vitro llegaron a buen éxito, sea porque los padres cambiaron parecer.
4. La descongelación de embriones: es también otro acto diferente de los tres anteriores. Es importante distinguir bien cada uno de los actos humanos. Los tres primeros: fecundación in vitro, no trasferencia al útero y congelación del embrión, son en sí mismos éticamente negativos. La descongelación del embrión, acto diferente de los anteriores, puede ser negativo o positivo, dependiendo ello no sólo del objeto del acto, sino también de las circunstancias y del fin por el cual el sujeto actúa. Hay que tener presente que en la valoración moral de un acto intervienen siempre tres elementos fundamentales: el objeto del acto, es decir la finalidad intrínseca al acto mismo (finis operis); las circunstancias en que el acto se realiza y el sujeto actúa, que pueden ser agravantes o atenuantes, e incluso especificar ulteriormente la naturaleza del acto; y por último la intención o fin del sujeto que actúa (finis operantis).
El acto de descongelación, en si mismo positivo, en cuanto ofrece la posibilidad del regreso al estado biológico normal, lo será también por la intencionalidad del sujeto que pretende devolver al embrión a su estado normal de desarrollo en el útero materno. Será por el contrario un acto en sí mismo negativo si se hace para manipular o eliminar al embrión, o si descongelado no se le ofrece la posibilidad de un útero, porque en ese caso la descongelación sería la causa directa y formal de la muerte del embrión.
5. La adopción de embriones
También aquí hay que distinguir bien los actos morales que el hombre realiza:
- la fecundación in vitro es un acto en sí negativo
- la no trasferencia al útero materno: es un acto en si negativo
- la crioconservación: es un acto en sí negativo
- el abandono por parte de los padres naturales del embrión crioconservado: es otro acto, diferente de los anteriores, también en sí negativo
- la adopción por parte de los padres adoptivos: es un acto diverso de todos los dos anteriores, y en sí mismo es positivo.
Cada uno de los actos tiene una entidad propia. Si no se quiere caer en una argumentación de tipo consecuencialista, hay que analizar la estructura intrínseca del acto moral. El criterio que rige es el bien primario y fundamental: la vida del embrión. A los actos ya negativos en sí mismo que lo preceden, no se puede impedir que siga un acto en sí positivo, como la adopción, ni se le puede a éste último atribuir el carácter negativo por el hecho de que los otros lo sean. Cierto que a nadie se le puede imponer la adopción, pero tampoco impedir.
Tampoco este acto de amor adoptivo implica justificación de los actos negativos anteriores, ni afirmación de un proceso "normal"; es diferente de ellos y se hace como medio extremo, para salvar el bien principal: la vida del embrión. A una situación ya extrema y negativa, no querida ni justificada por quienes adoptan, éstos oponen un acto de amor y generosidad en si mismo positivo. Del mismo modo que la adopción de un "adulto" no justifica el abandono hecho por los padres, ni tampoco una desestima de la maternidad natural, tampoco en el caso de la adopción de embriones. Cierto, no es la situación ideal para los embriones.
Lo ideal sería no haberlos producido artificialmente, ni congelado. Y dentro de esta situación ya negativa de la crioconservación, lo «ideal» sería que los «padres» que lo encargaron(perdón por la ofensa al embrión) no los abandonasen y los acogiesen aceptando la trasferencia en el útero.
Pero, la falta de todas estas soluciones «ideales» no debe conducir a tildar de inmoral el acto de generosidad de una madre que en algún modo «subsana» estos actos ilícitos. Ni a impedir este acto de generosidad que se constituye, de hecho, en la única vía posible para que el embrión siga su desarrollo vital.Establecidos estos criterios fundamentales, analizamos las objeciónes más recuentes al tema de la adopción de embriones crioconservados.
Si se asume que la vida humana es un valor absoluto y es inconmensurable, es necesario hacer todo lo posible para salvar la vida de una persona y por tanto, bastaría como condición suficiente la disponibilidad de una eventual madre. Y en ausencia de una pareja de padres estables, resultaría legítimo acudir también a mujeres solteras o con orientación homosexual –siempre que no presenten problemas en la esfera reproductiva, pues lo que hay que garantizar es la vida del embrión–.
Respuesta: Evidentemente, la vida del embrión es el bien primero y es lo primero que hay que garantizar. Pero también hay que garantizarle, en la medida de lo posible, un recto desarrollo personal. La vida del embrión no es sólo una vida biológica, sino una vida humana personal. Y eso pasa por regular la adopción prenatal, como se hace con la adopción de los ya nacidos, de forma que se implanten los embriones en aquellas mujeres que pueden ofrecer garantías de un buen desarrollo personal e integral al hijo.
Si se asume que la vida humana es un valor absoluto y es inconmensurable, es necesario hacer todo lo posible para salvar la vida de una persona y por tanto, quedarían subordinados los siguientes valores reconocidos por una antropología personalista: el derecho del hijo a ser gestado en el seno de la propia madre; el derecho del hijo a nacer en un contexto que garantice también el crecimiento equilibrado de la personalidad (familia); el valor de la maternidad como evento personal que excluye en línea de principio la separación de los procesos biológicos, fisiológicos y afectivos; la representación de la procreación humana como acto interpersonal de naturaleza triádica –padre, madre, hijo-.
catholic.net/op/articulos/14934/la-licitud-moral-de-la-adopcin-de-embriones-congelados-y-la-respuesta-a-las-objeciones.html
1. La fecundación «in vitro»
Es la técnica dirigida a conseguir una fertilización del oocito humano fuera de su proceso natural en la unión sexual del hombre y la mujer. Este acto es moralmente negativo en base a tres criterios fundamentales: el respeto del embrión humano, la naturaleza de la sexualidad humana y del acto conyugal, la unidad de la familia.
2. La no trasferencia del embrión fecundado «in vitro» al útero materno: es un acto humano en relación con el anterior, pero entitativamente diverso de él, tanto que puede ser realizado por diferente sujeto. Es éticamente negativo porque priva al embrión de la posibilidad de desarrollarse en el ambiente y condiciones que le son naturales.
3. La crioconservación es otro acto humano diferente de los dos anteriores, que puede ser realizado incluso por otro sujeto diverso de los anteriores. Consiste en una suspensión del desarrollo embrionario. Mediante congelación en nitrógeno líquido, individuos humanos generados son conservados a temperaturas muy bajas (-196°) en una casi total inmovilidad biológica.
La congelación y descongelación son dos técnicas que pueden producir un daño irreversible en los embriones que les cause la muerte Si bien en las últimas décadas se han realizado avances importantes en criopreservación de embriones humanos de oocitos, las tasas de mortalidad de los embriones congelados tras su descongelación se cifran entre un 30 y un 50% .
Así, en el proceso de descongelación necesario para transferir al útero de la mujer a los embriones que pudieran ser adoptados muchos morirían; pero si permanecen en el congelador por tiempo indefinido, o se descongelan sin darles la oportunidad de ser gestados morirán TODOS. Por ello, la adopción es la única alternativa que permite salvar y desarrollar la vida de algunos de ellos.
Por otra parte, es un acto moralmente negativo, que «ofende el respeto debido a los seres humanos»y que constituye una interferencia abusiva sobre el ciclo vital
y que constituye una interferencia abusiva sobre el ciclo vital. Una vida humana, una vez originada, debe seguir su curso natural, que nadie puede interrumpir ni "suspender".
La continuidad temporal e histórica es un bien intrínseco a la corporeidad humana, propia de la persona, y un derecho, debido al cual un individuo se comprende a sí mismo. La edad es más que una connotación temporal: es una coordenada de la vida personal que la identifica en la condición corpórea (espacio-temporal). Alterarla, provocando un vacío de tiempo en la existencia de una persona, es un arbitrio y una imposición. Detener el ciclo vital de un embrión humano es expresión de «voluntad de poder», con el que uno decide sobre otro, débil e indefenso. La crioconservación no «interrumpe» la vida: ésta está «allí» —congelada, depositada— como un producto de consumo, al lado de muchos otros, preparada para cuando haga falta. Su dignidad está en el valor de uso, sujeto también a caducidad, desde el momento que nadie puede garantizar la integridad física y la misma vitalidad de un embrión congelado, a causa de los tiempos y de las modalidades de congelación-descongelación. Así al poder le sucede la violencia con que éste se libera de vidas «caducas», «inservibles». La práctica, además, manifiesta un ulterior acto negativo: el abandono del embrión crioconservado por parte de los padres que lo encargaron. La gran mayoría de los embriones crioconservados no son transferidos, sea porque los inmediatamente tranferidos después de la fecundación in vitro llegaron a buen éxito, sea porque los padres cambiaron parecer.
4. La descongelación de embriones: es también otro acto diferente de los tres anteriores. Es importante distinguir bien cada uno de los actos humanos. Los tres primeros: fecundación in vitro, no trasferencia al útero y congelación del embrión, son en sí mismos éticamente negativos. La descongelación del embrión, acto diferente de los anteriores, puede ser negativo o positivo, dependiendo ello no sólo del objeto del acto, sino también de las circunstancias y del fin por el cual el sujeto actúa. Hay que tener presente que en la valoración moral de un acto intervienen siempre tres elementos fundamentales: el objeto del acto, es decir la finalidad intrínseca al acto mismo (finis operis); las circunstancias en que el acto se realiza y el sujeto actúa, que pueden ser agravantes o atenuantes, e incluso especificar ulteriormente la naturaleza del acto; y por último la intención o fin del sujeto que actúa (finis operantis).
El acto de descongelación, en si mismo positivo, en cuanto ofrece la posibilidad del regreso al estado biológico normal, lo será también por la intencionalidad del sujeto que pretende devolver al embrión a su estado normal de desarrollo en el útero materno. Será por el contrario un acto en sí mismo negativo si se hace para manipular o eliminar al embrión, o si descongelado no se le ofrece la posibilidad de un útero, porque en ese caso la descongelación sería la causa directa y formal de la muerte del embrión.
5. La adopción de embriones
También aquí hay que distinguir bien los actos morales que el hombre realiza:
- la fecundación in vitro es un acto en sí negativo
- la no trasferencia al útero materno: es un acto en si negativo
- la crioconservación: es un acto en sí negativo
- el abandono por parte de los padres naturales del embrión crioconservado: es otro acto, diferente de los anteriores, también en sí negativo
- la adopción por parte de los padres adoptivos: es un acto diverso de todos los dos anteriores, y en sí mismo es positivo.
Cada uno de los actos tiene una entidad propia. Si no se quiere caer en una argumentación de tipo consecuencialista, hay que analizar la estructura intrínseca del acto moral. El criterio que rige es el bien primario y fundamental: la vida del embrión. A los actos ya negativos en sí mismo que lo preceden, no se puede impedir que siga un acto en sí positivo, como la adopción, ni se le puede a éste último atribuir el carácter negativo por el hecho de que los otros lo sean. Cierto que a nadie se le puede imponer la adopción, pero tampoco impedir.
Tampoco este acto de amor adoptivo implica justificación de los actos negativos anteriores, ni afirmación de un proceso "normal"; es diferente de ellos y se hace como medio extremo, para salvar el bien principal: la vida del embrión. A una situación ya extrema y negativa, no querida ni justificada por quienes adoptan, éstos oponen un acto de amor y generosidad en si mismo positivo. Del mismo modo que la adopción de un "adulto" no justifica el abandono hecho por los padres, ni tampoco una desestima de la maternidad natural, tampoco en el caso de la adopción de embriones. Cierto, no es la situación ideal para los embriones.
Lo ideal sería no haberlos producido artificialmente, ni congelado. Y dentro de esta situación ya negativa de la crioconservación, lo «ideal» sería que los «padres» que lo encargaron(perdón por la ofensa al embrión) no los abandonasen y los acogiesen aceptando la trasferencia en el útero.
Pero, la falta de todas estas soluciones «ideales» no debe conducir a tildar de inmoral el acto de generosidad de una madre que en algún modo «subsana» estos actos ilícitos. Ni a impedir este acto de generosidad que se constituye, de hecho, en la única vía posible para que el embrión siga su desarrollo vital.Establecidos estos criterios fundamentales, analizamos las objeciónes más recuentes al tema de la adopción de embriones crioconservados.
Si se asume que la vida humana es un valor absoluto y es inconmensurable, es necesario hacer todo lo posible para salvar la vida de una persona y por tanto, bastaría como condición suficiente la disponibilidad de una eventual madre. Y en ausencia de una pareja de padres estables, resultaría legítimo acudir también a mujeres solteras o con orientación homosexual –siempre que no presenten problemas en la esfera reproductiva, pues lo que hay que garantizar es la vida del embrión–.
Respuesta: Evidentemente, la vida del embrión es el bien primero y es lo primero que hay que garantizar. Pero también hay que garantizarle, en la medida de lo posible, un recto desarrollo personal. La vida del embrión no es sólo una vida biológica, sino una vida humana personal. Y eso pasa por regular la adopción prenatal, como se hace con la adopción de los ya nacidos, de forma que se implanten los embriones en aquellas mujeres que pueden ofrecer garantías de un buen desarrollo personal e integral al hijo.
Si se asume que la vida humana es un valor absoluto y es inconmensurable, es necesario hacer todo lo posible para salvar la vida de una persona y por tanto, quedarían subordinados los siguientes valores reconocidos por una antropología personalista: el derecho del hijo a ser gestado en el seno de la propia madre; el derecho del hijo a nacer en un contexto que garantice también el crecimiento equilibrado de la personalidad (familia); el valor de la maternidad como evento personal que excluye en línea de principio la separación de los procesos biológicos, fisiológicos y afectivos; la representación de la procreación humana como acto interpersonal de naturaleza triádica –padre, madre, hijo-.
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