La situación de los embriones congelados no es nueva, pero sigue siendo
dramática. Miles de personas humanas se encuentran en un estado del todo
anormal y la pregunta que nos hacemos es: ¿es lícito transferir estos
embriones al útero de una madre que no es quien los encargó cuando se
hizo la fecundación in vitro? Evidentemente esta pregunta se formula en
el contexto de una determinada visión antropológica, en la cual los
embriones congelados de que hablamos, son seres humanos, personas, con
valor absoluto y dignidad propia. La respuesta a esta pregunta es
positiva. Su desarrollo se articulará respondiendo a las objeciones más
frecuentes que se hacen a esta posición. Pero antes de exponer y
responder individualmente a las objeciones, es conveniente analizar y
distinguir bien los actos humanos implicados, para ver la catalogación
moral de cada uno de ellos.
1. La fecundación «in vitro»
Es la técnica dirigida a conseguir una fertilización del oocito humano
fuera de su proceso natural en la unión sexual del hombre y la mujer.
Este acto es moralmente negativo en base a tres criterios fundamentales:
el respeto del embrión humano, la naturaleza de la sexualidad humana y
del acto conyugal, la unidad de la familia.
2. La no trasferencia del embrión fecundado «in vitro» al útero
materno: es un acto humano en relación con el anterior, pero
entitativamente diverso de él, tanto que puede ser realizado por
diferente sujeto. Es éticamente negativo porque priva al embrión de la
posibilidad de desarrollarse en el ambiente y condiciones que le son
naturales.
3. La crioconservación es otro acto humano diferente de los dos
anteriores, que puede ser realizado incluso por otro sujeto diverso de
los anteriores. Consiste en una suspensión del desarrollo embrionario.
Mediante congelación en nitrógeno líquido, individuos humanos generados
son conservados a temperaturas muy bajas (-196°) en una casi total
inmovilidad biológica.
La congelación y descongelación son dos técnicas que pueden producir un
daño irreversible en los embriones que les cause la muerte Si bien en
las últimas décadas se han realizado avances importantes en
criopreservación de embriones humanos de oocitos, las tasas de
mortalidad de los embriones congelados tras su descongelación se cifran
entre un 30 y un 50% .
Así, en el proceso de descongelación necesario para transferir al útero
de la mujer a los embriones que pudieran ser adoptados muchos morirían;
pero si permanecen en el congelador por tiempo indefinido, o se
descongelan sin darles la oportunidad de ser gestados morirán TODOS. Por
ello, la adopción es la única alternativa que permite salvar y
desarrollar la vida de algunos de ellos.
Por otra parte, es un acto moralmente negativo, que «ofende el respeto
debido a los seres humanos»y que constituye una interferencia abusiva
sobre el ciclo vital
y que constituye una interferencia abusiva sobre el ciclo vital. Una
vida humana, una vez originada, debe seguir su curso natural, que nadie
puede interrumpir ni "suspender".
La continuidad temporal e histórica es
un bien intrínseco a la corporeidad humana, propia de la persona, y un
derecho, debido al cual un individuo se comprende a sí mismo. La edad es
más que una connotación temporal: es una coordenada de la vida personal
que la identifica en la condición corpórea (espacio-temporal).
Alterarla, provocando un vacío de tiempo en la existencia de una
persona, es un arbitrio y una imposición. Detener el ciclo vital de un
embrión humano es expresión de «voluntad de poder», con el que uno
decide sobre otro, débil e indefenso. La crioconservación no
«interrumpe» la vida: ésta está «allí» —congelada, depositada— como un
producto de consumo, al lado de muchos otros, preparada para cuando haga
falta. Su dignidad está en el valor de uso, sujeto también a caducidad,
desde el momento que nadie puede garantizar la integridad física y la
misma vitalidad de un embrión congelado, a causa de los tiempos y de las
modalidades de congelación-descongelación. Así al poder le sucede la
violencia con que éste se libera de vidas «caducas», «inservibles». La
práctica, además, manifiesta un ulterior acto negativo: el abandono del
embrión crioconservado por parte de los padres que lo encargaron. La
gran mayoría de los embriones crioconservados no son transferidos, sea
porque los inmediatamente tranferidos después de la fecundación in vitro
llegaron a buen éxito, sea porque los padres cambiaron parecer.
4. La descongelación de embriones: es también otro acto diferente de
los tres anteriores. Es importante distinguir bien cada uno de los actos
humanos. Los tres primeros: fecundación in vitro, no trasferencia al
útero y congelación del embrión, son en sí mismos éticamente negativos.
La descongelación del embrión, acto diferente de los anteriores, puede
ser negativo o positivo, dependiendo ello no sólo del objeto del acto,
sino también de las circunstancias y del fin por el cual el sujeto
actúa. Hay que tener presente que en la valoración moral de un acto
intervienen siempre tres elementos fundamentales: el objeto del acto, es
decir la finalidad intrínseca al acto mismo (finis operis); las
circunstancias en que el acto se realiza y el sujeto actúa, que pueden
ser agravantes o atenuantes, e incluso especificar ulteriormente la
naturaleza del acto; y por último la intención o fin del sujeto que
actúa (finis operantis).
El acto de descongelación, en si mismo positivo, en cuanto ofrece la
posibilidad del regreso al estado biológico normal, lo será también por
la intencionalidad del sujeto que pretende devolver al embrión a su
estado normal de desarrollo en el útero materno. Será por el contrario
un acto en sí mismo negativo si se hace para manipular o eliminar al
embrión, o si descongelado no se le ofrece la posibilidad de un útero,
porque en ese caso la descongelación sería la causa directa y formal de
la muerte del embrión.
5. La adopción de embriones
También aquí hay que distinguir bien los actos morales que el hombre realiza:
- la fecundación in vitro es un acto en sí negativo
- la no trasferencia al útero materno: es un acto en si negativo
- la crioconservación: es un acto en sí negativo
- el abandono por parte de los padres naturales del embrión
crioconservado: es otro acto, diferente de los anteriores, también en sí
negativo
- la adopción por parte de los padres adoptivos: es un acto diverso de todos los dos anteriores, y en sí mismo es positivo.
Cada uno de los actos tiene una entidad propia. Si no se quiere caer en
una argumentación de tipo consecuencialista, hay que analizar la
estructura intrínseca del acto moral. El criterio que rige es el bien
primario y fundamental: la vida del embrión. A los actos ya negativos en
sí mismo que lo preceden, no se puede impedir que siga un acto en sí
positivo, como la adopción, ni se le puede a éste último atribuir el
carácter negativo por el hecho de que los otros lo sean. Cierto que a
nadie se le puede imponer la adopción, pero tampoco impedir.
Tampoco este acto de amor adoptivo implica justificación de los actos
negativos anteriores, ni afirmación de un proceso "normal"; es diferente
de ellos y se hace como medio extremo, para salvar el bien principal:
la vida del embrión. A una situación ya extrema y negativa, no querida
ni justificada por quienes adoptan, éstos oponen un acto de amor y
generosidad en si mismo positivo. Del mismo modo que la adopción de un
"adulto" no justifica el abandono hecho por los padres, ni tampoco una
desestima de la maternidad natural, tampoco en el caso de la adopción de
embriones. Cierto, no es la situación ideal para los embriones.
Lo ideal sería no haberlos producido artificialmente, ni congelado. Y
dentro de esta situación ya negativa de la crioconservación, lo «ideal»
sería que los «padres» que lo encargaron(perdón por la ofensa al
embrión) no los abandonasen y los acogiesen aceptando la trasferencia en
el útero.
Pero, la falta de todas estas soluciones «ideales» no debe conducir a
tildar de inmoral el acto de generosidad de una madre que en algún modo
«subsana» estos actos ilícitos. Ni a impedir este acto de generosidad
que se constituye, de hecho, en la única vía posible para que el embrión
siga su desarrollo vital.Establecidos estos criterios fundamentales,
analizamos las objeciónes más recuentes al tema de la adopción de
embriones crioconservados.
Si se asume que la vida humana es un valor absoluto y es
inconmensurable, es necesario hacer todo lo posible para salvar la vida
de una persona y por tanto, bastaría como condición suficiente la
disponibilidad de una eventual madre. Y en ausencia de una pareja de
padres estables, resultaría legítimo acudir también a mujeres solteras o
con orientación homosexual –siempre que no presenten problemas en la esfera reproductiva, pues lo que hay que garantizar es la vida del embrión–.
Respuesta: Evidentemente, la vida del embrión es el bien primero y es
lo primero que hay que garantizar. Pero también hay que garantizarle, en
la medida de lo posible, un recto desarrollo personal. La vida del
embrión no es sólo una vida biológica, sino una vida humana personal. Y
eso pasa por regular la adopción prenatal, como se hace con la adopción
de los ya nacidos, de forma que se implanten los embriones en aquellas
mujeres que pueden ofrecer garantías de un buen desarrollo personal e
integral al hijo.
Si se asume que la vida humana es un valor absoluto y es
inconmensurable, es necesario hacer todo lo posible para salvar la vida
de una persona y por tanto, quedarían subordinados los siguientes valores reconocidos por una antropología personalista:
el derecho del hijo a ser gestado en el seno de la propia madre; el
derecho del hijo a nacer en un contexto que garantice también el
crecimiento equilibrado de la personalidad (familia); el valor de la
maternidad como evento personal que excluye en línea de principio la
separación de los procesos biológicos, fisiológicos y afectivos; la
representación de la procreación humana como acto interpersonal de
naturaleza triádica –padre, madre, hijo-.
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